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4 de mayo de 2007

Un cambio inesperado.

En lo que parece ser uno de los movimientos más drásticos del nuevo gobierno de Cuba desde que Raúl Castro asumiera sus funciones como presidente suplente, la Aduana General de la República de Cuba ha hecho públicos en su web, las resoluciones que invalidan otras antiguas en materia de qué se puede o no llevar o envíar al país.

Se pueden importar o envíar a Cuba videos de todas clases y modelos, incluso aquellos que están incorporados a otros equipos. Y yo me pregunto: sólo puedan entrarse aquellos televisores con video incorporado? y los que no tienen no se pueden llevar ni envíar? Y los DVD´s no se mencionan en ningún momento, será que no se cuentan entre los productos agraciados o sólo pueden llevarse cuando tengan video incoporado?
Ya están en vigor esta y otra resolución que establece la Factura Consular para aquellos envíos que superen los 100 CUC de costo y no excedan los 200 CUC, no sé cómo se puede medir eso y qué quiere decir? Que los bultos que hayan costado mas de 200 CUC no se pueden importar o no necesitan factura consular?

De cualquier manera, la factura consular deberá hacerse en las oficinas consulares correspondientes como su nombre indica y tendrá un costo o arancel no establecido en dicha resolución. Algunos productos en su mayoría didácticos y/o de carácter medicinal no necesitarán la citada factura. Como también determinados ciudadanos quedarán excentos del pago o presentación de la factura por ser estudiantes, trabajadores del mar o del aire, profesionales en misión internacionalista etc.

A partir del primero de junio de 2007 entrarán en vigor otras resoluciones que invalidan sus homólogas anteriores que prohibían la entrada o el envío a la isla de partes y accesorios de equipos reproductores de imágenes, procedentes de los Estados Unidos, ya que no estaba prohibida la entrada de estos mismos productos procedentes de cualquier otra parte del mundo.

Así mismo ya no hay ningún problema con importar plantas eléctricas de cualquier tipo.
Una de las resoluciones más populares será sin duda la número 5 que permitirá la importación de partes y piezas de vehículos y motocicletas, y creo que ambos son automotores aunque la resolución diga lo contario.

A su vez la resolución número 6 se refiere no a la importación de mercancías sino a la exportación de un producto tan cotizado como el tabaco cubano o puro. Anuncian que ampliarán las cantidades que hasta ahora se podían sacar o envíar al extranjero, más no especifican qué cantidades serán permitidas.

Las resoluciones 7, 8 y 9, se refieren al estableciemiento de la presentación obligatoria de una Declaración de Aduanas para pasajeros y en qué casos deberá hacerse. Dicha declaración se le entregará a los visitantes a bordo de la nave en la que viajen para que la rellenen. Quedarán excentos aquellos que solo lleven efectos personales o sea nadie y estarán obligados aquellos que lleven mas de 5000 dólares en efectivo o su equeivalente en otra moneda y quienes lleven artículos de regalo o sea todos.
La siguiente autoriza la importación de remolques y arrastres ligeros sin fines de comercialización y la última comunica felizmente a los trabajadores del aire y el mar que los plazos de tiempo en los que podían comprar ciertos productos serán modificados. No aclaran si antes, que un piloto podía comprar una grabadora cada cinco años, ahora la puede adquirir cada dos o cada diez pero esperemos que sean reducidos dichos períodos de tiempo.

La argumentación oficial para estos cambios es que la tecnología ha evolucionado y que los motivos que llevaron las derogadas desiciones ya no existen pero no aclaran cuáles fueron la razones de las prohibiciones levantadas.

Aquellos electrodomésticos de alto consumo de energía siguen prohibidos y no se pueden ni llevar ni envíar al país. La lista completa está en el sitio web de la Aduana.

Lo que sí es cierto es que de esta manera el hermano al mando está arriando el ganado hacia dónde le conviene, al tiempo que endurece las condiciones para invitar a alguien a que salga de Cuba, promueve la entrada al país de equipos y piezas de repuesto de las que carece.

2 comentarios:

  1. Hasta donde sé, se paga por la factura que se muestra de la cosa comprada fuera de Cuba. De ahí que muchos cubanos se las agencien para traer facturas con importe menor de lo real a fin de pagar menos. Pero no me queda claro eso de la plancha y los grandes consumidores, ¿la plancha si y los otros no?. Bueno, después veré la resolución de la aduana.

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  2. No Karam, la plancha no se puede, ni hornos microwave ni aires acondicionados ve a la página para que veas la lista.

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